
En esta época de preocupación de la privacidad, de la reputación online y del derecho al olvido, se vuelve a plantear la posibilidad de utilizar Internet como medio para notificar y publicar aquellas sanciones que, por determinadas circunstancias, no han podido notificarse en persona al afectado.
Este no es un tema nuevo. De hecho, la posibilidad de utilizar los medios telemáticos para poner en contacto a la Administración con los ciudadanos ya se planteó en los comienzos de Internet y del correo electrónico. Sin embargo, no se han invertido -desde mi punto de vista- los esfuerzos necesarios para convertir a Internet en un eficaz medio de notificación y gestión de trámites administrativos, asegurando -eso sí- todas las garantías legales que protegen a los ciudadanos.
Así, en el caso de aquellos trámites que requieran una notificación personal al afectado -véase, por ejemplo, las sanciones de tráfico- la legislación establece que, ante la imposibilidad de llevar a cabo tal notificación, se lleve a cabo su publicación en boletines oficiales. Muchas veces, el afectado ni tan siquiera se enteraba, ya que los horarios en los que se intenta la notificación domiciliaria coinciden con los horarios laborales del destinatario. Evidentemente, esta solución no es eficaz, puesto que el Boletín Oficial de la Provincia no suele tener un alto número de lectores…
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