Categoría “Reputacion”

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Dentro del cuidado que prestamos a nuestra reputación y de los esfuerzos que invertimos a la hora de construirnos una buena imagen online, uno de los enemigos más molestos son los Diarios Oficiales y similares. Y los califico de este modo porque son elementos que permiten a cualquiera acceder a información relativa a mi persona, y que normalmente estará relacionada con asuntos tales como infracciones administrativas, la cédula de notificación de la sentencia de mi divorcio, y cosas por el estilo.

El problema se agrava, en este caso, porque Internet permite a cualquiera acceder a esa información indefinidamente, con la simple introducción de mis datos en un buscador.

O sea, ¿que llevo un montón de tiempo haciendo méritos para aparecer en los buscadores como un profesional diligente y responsable, para que me llamen de todas partes para dar conferencias y que me ofrezcan trabajos con sueldos millonarios; y cuando me busco en Internet, la tercera entrada es la publicación de la notificación de una multa de tráfico que me pusieron hace unos años por mal aparcamiento y que, como no me encontraron en casa, publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia? Eso explicaría lo de no haber conseguido todavía ese trabajo“

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dilbert breve

¿Puedo impedir que se hable de mí en Internet? ¿Tengo un “derecho al anonimato“? ¿Hasta dónde llega mi derecho a tener una buena reputación?

Vimos en mi anterior post que, cuando actuamos como personas físicas individuales, existe una ley que nos proteje y ampara frente a eventuales intromisiones ilegítimas en nuestro derecho al honor. Y también vimos que por honor debemos entender a la dignidad de la persona reflejada en un doble aspecto: de un lado, la consideración que los demás tienen de mí (donde podemos encuadrar al concepto de “reputación“? tal y como la venimos conociendo); y de otro, el sentimiento de la propia persona (es decir, cómo me afectan personalmente tales críticas).

¿Es ilimitado mi derecho al honor? La respuesta es no. Mi derecho a proteger mi reputación convive con la libertad que tienen los demás a hablar de mi, y que conocemos como derecho a la libertad de expresión y derecho a la información.

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popularidad bocadillos

 En la primera parte de esta serie de reflexiones tituladas “La mala reputación“?, ya hicimos un primer acercamiento a los aspectos legales de la “reputación online“?. 

Continuando con este asunto, si abordamos el asunto de la reputación online desde una perspectiva jurídica, veremos como nuestra legislación ya hace mucho tiempo que establece medidas protectoras y ofrece herramientas para poder defenderse y reaccionar frente aquellas prácticas que consideramos pueden, de algún modo, alterar negativamente la percepción que los demás pueden tener de mi como persona, como empresa o como marca (con el consiguiente perjuicio para mis intereses).

En efecto, la ley trata esta materia desde una doble vertiente, dependiendo si el afectado es una persona física o no. En el primero de estos casos, esto es, cuando los ataques difundidos en la red (la Ley habla de “injerencias o intromisiones ilegítimas“) afectan a una persona física, deberemos acudir a la Ley de protección del Derecho al Honor*. Ahora que habéis visto la referencia a pie de página, alguno de vosotros concluirá que es una insensatez que la Ley que protege nuestra reputación personal online haya sido dictada hace casi ya treinta años, es decir, en la edad de piedra de Internet.

Sin embargo, debemos pensar que el hecho de que una Ley se haya mantenido vigente “y prácticamente inalterada- durante tanto tiempo (sobreviviendo “incluso- a la aparición de Internet tal y como lo conocemos ahora) nos garantiza que estamos ante una buena norma. De hecho, son numerosas las sentencias que se siguen dictando en la actualidad en relación a la protección del derecho al honor, intimidad y propia imagen de las personas. Próximamente las iremos analizando en esta sección.

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LosSantosInocentes_ETC

Y menos blogs, y menos Facebook, y menos tableta… estos fueron mis trending topics del viernes y el sábado. ¿Por qué consumo tantos minutos visitando blogs o cotilleando en Facebook páginas y campañas que no me van a dejar absolutamente nada perdurable, que, al igual que este post que estás leyendo, se confundirán entre otros miles, millones? Cierto, es parte de mi trabajo. Quizás la pregunta sería, ¿Por qué no he dedicado más tiempo a leer a Delibes? Más allá de un par de libros y varias adaptaciones cinematográficas (¡Qué buena es Los santos inocentes!), mi relación con uno de los maestros del periodismo, de la literatura y de la COMUNICACIÓN ha sido escasa. Bueno, pero, aquí, al blog de Territorio creativo se viene a hablar de marketing y, dando una vuelta a todas las reacciones que se han producido tras su muerte, he caído en la cuenta de que, volviendo a nuestra jerga, se trata de un apabullante caso de éxito en tres puntos: storytelling, reputación y generación de comunidad.

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